A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Hugo·Demandado Hugo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar y el Resguardo Indígena de Businchama (Territorio Ancestral Arhuaco).
Dicha controversia se suscita respecto de la competencia jurisdiccional para conocer y decidir sobre la causa penal seguida en contra de un ciudadano indígena por la presunta comisión del delito de “acceso carnal abusivo con menor de catorce años”.
Al adelantar el ejercicio de ponderación requerido para la activación de la jurisdicción especial indígena, la Corte encuentra que, si bien se satisfacen los presupuestos personal y territorial, no se logró constatar el cumplimiento del presupuesto objetivo ni el institucional.
Este último requisito ostenta la mayor relevancia o incidencia para la resolución del conflicto debido a la especial gravedad del delito.
Se encuentran de por medio los derechos de una menor de edad, sujeto de especial protección constitucional, a quien se le debe garantizar la satisfacción de sus derechos y la existencia de medidas de protección y reparación en el proceso en el cual es víctima.
Por lo tanto, para los efectos del asunto sub examine, la jurisdicción especial indígena no puede asumir el conocimiento del proceso penal.
Con fundamento en lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional remitió el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar y el Resguardo Indígena de Businchama (Territorio Ancestral Arhuaco) en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado en contra de Hugo.
- SEGUNDO. REMITIR?el expediente CJU-656 al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Businchama y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.